Procedimiento

Hasta que las universidades gozaron de autonomía con la ley de 1983, la concesión del título se hacía por delegación del ministerio competente en materia de Educación; en su origen, la propuesta tenía que ser aceptada por cuatro quintas partes del voto del claustro de facultad proponente y contar con el acuerdo del Consejo Universitario.

Actualmente, en la UCM el procedimiento está regulado por un acuerdo del Consejo de Gobierno (BOUC de 25 de noviembre de 2005, con modificaciones de 2008 y 2018), que establece los requisitos de la propuesta y el ceremonial de la investidura. 

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